Necesario informar a los ciudadanos sobre la "deuda pública": Movimiento Ciudadano

Dgo.| 12 feb. 2014

Boletín Informativo

Durango, Dgo.

12 de febrero de 2014

 

Necesario informar a los ciudadanos sobre la "deuda pública": Movimiento Ciudadano

Preocupado porque la ciudadanía conozca más de  cerca el manejo de los recursos públicos, el Diputado local por Movimiento Ciudadano, Felipe de Jesús Enríquez Herrera, presentará al Congreso del Estado, mediante una iniciativa de Ley, la propuesta de informar a los duranguenses qué es, cómo se contrata y en qué montos se puede contraer la deuda pública, y además en qué debe ser aplicada.

Enfático señaló que "los ciudadanos deben saber qué es deuda pública, y saber que Durango debe entre cuatro y nueve mil millones de pesos a la federación, por lo que debemos conocer el monto real de nuestras obligaciones, más allá de posiciones políticas de coyuntura, debemos definir con precisión técnica lo que cuesta, en pesos y centavos, el pago de compromisos contraídos".

En esta iniciativa, el legislador Enríquez Herrera propone ampliar y precisar lo que establece el artículo tercero, fracción sexta de la actual Ley de Deuda Pública, definir las obligaciones derivadas de pasivos, directos, indirectos y contingentes, de corto mediano o largo plazo, derivadas de los empréstitos, créditos o financiamientos que contraiga el poder ejecutivo del estado como responsable directo, como avalista, garante o deudor solidario de las entidades señaladas en dicha ley, independientemente de la forma mediante la cual se instrumenten.

"Es necesario informar a los ciudadanos sobre estos puntos, en virtud de que existen diversos instrumentos financieros en la administración pública, donde se prestan obras y servicios, mediante los cuales se adquieren compromisos de pago, sin que encuadren en la actual definición de deuda", manifestó.

Por otra parte, señaló que su iniciativa hace una definición precisa de lo que es Inversión Pública Productiva, es aquella reservada para la ejecución de obras públicas que produzcan beneficios, rendimientos, ingresos o utilidades para la adquisición y manufactura de bienes que permitan una mejor prestación del servicio público o prestaciones de interés social, siempre que se genere un incremento en los ingresos del estado, ya que ésta debe ser la justificación principal de todo endeudamiento.

 

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