Proponen Ley de Fideicomisos Públicos del Estado de Jalisco

Jal.| 14 jul. 2016

14 de Julio del 2016

Este jueves, en conferencia de prensa, el Diputado Ciudadano, Juan Carlos Anguiano presentó una Iniciativa de Ley de Fideicomisos Públicos del Estado de Jalisco, la cual también suscribe el Coordinador de la Fracción Parlamentaria de Movimiento Ciudadano, Ismael del Toro.

"El presente Proyecto de Ley busca sistematizar y regular íntegramente a los fideicomisos públicos de la Administración Pública del Estado; mediante reglas claras de fiscalización y mecanismos de control y vigilancia; así como establecer su funcionamiento, organización y debida operación y a su vez transparentar el ejercicio de los recursos, así como garantizar  que cumplan con los fines para los cuales fueron constituidos", según comentó Anguiano Orozco.

El presente proyecto de ley busca sistematizar y regular íntegramente a los fideicomisos públicos de la Administración Pública del Estado; mediante reglas claras de fiscalización y mecanismos de control y vigilancia; así como establecer su funcionamiento, organización y debida operación y a su vez transparentar el ejercicio de los recursos, así como garantizar  que cumplan con los fines para los cuales fueron constituidos.

Esta Iniciativa que crea la Ley de Fideicomisos Públicos del Estado de Jalisco, se compone de 68 artículos, dividida en 5 títulos: Disposiciones Generales, Procedimientos relativos a los Fideicomisos, Administración y Operación de los Fideicomisos, del Comité Técnico y Control Administrativo:

  1. Se definen su objeto y fines, sujetos de aplicación, normatividad aplicable, glosario de términos.
  2. Se regula lo relativo a la constitución de los fideicomisos, su modificación.
  3. Se establece el procedimiento de sustitución fiduciaria.
  4. Se precisan los supuestos de extinción de los fideicomisos y el procedimiento respectivo.
  5. Se contemplan las reglas de administración y operación de los fideicomisos (estructura administrativa y gastos de operación).
  6. Se señalan obligaciones presupuestales y contables (rendición de informes financieros).
  7. Se instituye la figura del Registro Estatal de Fideicomisos Públicos.
  8. Se precisa la forma de llevar a cabo la integración y funcionamiento del Comité Técnico.
  9. Se definen los Órganos de Control Interno y Medidas de Control para la vigilancia de los Fideicomisos.

Juan Carlos Anguiano

El diputado Anguiano recordó que los fideicomisos públicos son Entidades constituidas, mediante las cuales una persona llamada fideicomitente, transfiere la titularidad de bienes o derechos específicos a una institución fiduciaria, para que con ellos se realice un fin lícito, que la propia persona fideicomitente señala en el contrato que al efecto se celebre.

Los fideicomisos públicos constituyen una herramienta aprovechada por el Gobierno del Estado, para con ello asegurar, garantizar e impulsar el desarrollo de nuestra entidad, a través de la implementación de programas en beneficio del interés público, con inversión, manejo y administración de obras públicas, producción de bienes, prestación de servicios, otorgamiento de apoyos, entre otros.

Desafortunadamente, en México ya se ha vuelto una costumbre que estas figuras sean utilizadas por las entidades gubernamentales como coartada para disponer de recursos públicos sin vigilancia y supervisión alguna.

Sin duda muchos de esos recursos se ejercen después para cumplir con las obras comprometidas, pero no cabe duda que muchos son invertidos en estas figuras que no son suficientemente transparentes ni tienen la suficiente información, lo que genera espacios para la confusión, el atraco y el daño al erario público.

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