La exclusión de los niños que retornan a México
Réplica de Medios| 6 ago. 2015
1 de Agosto 2015
La política migratoria de detención y deportación de los Estados Unidos, combinada con la crisis económica, ha impactado en el aumento del retorno de mexicanos al país y por consiguiente, de sus familiares cercanos. Entre 2010 y 2015, el gobierno mexicano ha repatriado aproximadamente 1,900,000 connacionales desde Estados Unidos.1 En su regreso a México, a muchos de ellos le han seguido sus hijos, ya sea nacidos en México o en Estados Unidos. Así, existe hoy un grupo creciente de mexicanos, jóvenes, niños y adultos, que regresan a su país de origen después de haber vivido largos periodos en Estados Unidos.
Una vez de este lado de la frontera, esta población expulsada de sus hogares en Estados Unidos se enfrenta a otro sistema de exclusión: el del gobierno y la sociedad mexicana. Las políticas públicas en torno a las familias retornadas en México son nulas; no sólo no existen programas de reinserción comprehensivos, sino que la inflexibilidad y negligencia del gobierno mexicano impone barreras que impiden una reintegración digna de la población de retorno. Este es el caso del sistema educativo nacional, el cual de manera estructural discrimina tanto a la niñez mexicoamericana que regresa con sus padres deportados como a los jóvenes Dreamers retornados y deportados, obstaculizando su acceso para poder seguir sus estudios en su país de origen.
Sin documentos en México
La complejidad del retorno es fácilmente ignorada por aquellos que no la han vivido. La carencia de documentos que acrediten su identidad y estudios, su dominio del idioma inglés, su acento al hablar español, e incluso la manera de comportarse es un recordatorio constante para los jóvenes y niños retornados de que son distintos, y en muchos casos, de que no pertenecen igualmente a México como otros jóvenes mexicanos sin experiencias migratorias. Esto ha llegado a ser una situación frustrante para Viridiana Vargas, joven que regresó a México a causa de la deportación de su padre, y quién por su manera de hablar tiene que escuchar constantemente "no eres de aquí porque tu acento es diferente". "Por cuestiones familiares", responde Viridiana cuando le preguntan por qué regresó a México. Ella sabe que esa respuesta minimiza los cuestionamientos sobre su regreso y le evita explicar un pasado complejo y una trayectoria de retorno dolorosa que todavía la persigue.
Cuando tenía seis años, Viridiana y su hermana menor fueron llevadas por sus padres a Davenport, Iowa, donde vio nacer a sus dos hermanos menores y vivió la mayor parte de su vida. Con el tiempo, adoptó el idioma, las costumbres, y los valores dominantes de Estados Unidos, país al que ella llegó a considerar como suyo. Pero al igual que todo Dreamer,2 Viridiana comprendió las limitaciones reales asociadas a ser indocumentada cuando terminó de estudiar el high school (bachillerato en México) y sus opciones para ingresar a la universidad y trabajar fueron limitadas. Aunque logró entrar a un colegio comunitario (community college), el costo de la colegiatura le impedía ser estudiante de tiempo completo. Viridiana tampoco era elegible para obtener una beca debido a su estatus indocumentado, por lo que sólo podía cursar dos o tres clases por semestre. Pero esa llegó a ser una de sus menores preocupaciones.
En el 2011, el padre de Viridiana fue detenido y posteriormente deportado tras años de un proceso legal para regularizar su estatus migratorio. Viridiana, su madre y dos de sus hermanos menores nacidos en Estados Unidos decidieron establecerse con su padre en su ciudad originaria de León, Guanajuato. La hermana de Viridiana permaneció en Iowa y ahora es una de los miles de Dreamers beneficiados por la Acción Diferida (DACA) anunciada por el Presidente Obama en el 2012,3 misma acción ejecutiva de la cual Viridiana se hubiese beneficiado de estar aún en Estados Unidos. Como los Vargas, hay cientos de miles de familias dentro de la creciente diáspora de mexicanos en retorno. El Censo de 2010 identificaba 487 mil jóvenes como Viridiana, mexicanos retornados o deportados que se han formado dentro del sistema educativo estadounidense y que ahora requieren reinsertarse al sistema educativo en México. A esta población se suman más de 430,000 niños mexicoamericanos para los cuáles su experiencia en las escuelas mexicanas es completamente nueva.4
Una de las barreras más grandes que estos niños y jóvenes en retorno enfrentan una vez en México es la burocracia en materia educativa. En específico, apostillar y traducir por perito oficial cualquier documento de identidad y escolaridad emitido en el extranjero es un requisito, establecido por la SEP, difícil de cumplir para las familias retornadas. El problema de acceso a la educación de tipo básica y media superior afecta en particular a la niñez mexicoamericana en México por no poder acreditar su identidad. Aunque el acta de nacimiento apostillada y traducida es uno de los varios documentos que pueden utilizarse para verificar la identidad del menor al inscribirlo en la escuela, se han documentado numerosos casos de niños y adolescentes estadounidenses de origen mexicano a quienes se les ha negado la inscripción en escuelas públicas por carecer de este documento.5 Aunque el costo de obtener una apostilla no es alto, hacerlo desde México es complicado y requiere de intermediarios a quienes se les tiene que pagar. A esto se le agrega el costo de realizar traducciones certificadas, muchas veces prohibitivo para una familia retornada. A partir de múltiples testimonios, sabemos que el costo promedio por traducir un documento escolar mediante un perito oficial más la expedición de una apostilla oscila alrededor de $4,000 pesos.
Los hermanos menores de Viridiana tuvieron que esperar más de un año para ingresar a la escuela; su hermano de 13 años a la secundaria y su hermana de 15 años a la preparatoria. Esto debido a la información errónea que recibieron de la Secretaría de Educación del estado de Guanajuato. Como es común en las familias retornadas, los Vargas desconocían que para inscribir a sus hijos nacidos en Estados Unidos a la escuela en México requerían apostillar y traducir sus actas de nacimiento. Tampoco sabían que todos los documentos escolares provenientes de Estados Unidos tendrían que ser traducidos al español por un perito oficial. Al inicio, los Vargas enviaron sus documentos a un traductor oficial en Estados Unidos porque eso les exigió la Secretaría de Educación de Guanajuato. Sin embargo, al presentar las traducciones, éstas fueron rechazadas porque "el requerimiento había cambiado" y ahora la documentación extranjera debía ser traducida por un perito oficial en México. Así, los Vargas tenían dos opciones: iniciar de nuevo los trámites de traducción en México, un proceso costoso y que mermaría aún más su situación económica, o inscribir a sus hijos en una escuela privada donde los requisitos de inscripción son más laxos pero no contaban con los recursos para solventar la colegiatura.
La historia de los Vargas muestra los obstáculos reales que las familias retornadas sufren debido a normas y prácticas educativas insensibles a la actual realidad de movilidad humana en México. A pesar de que la Constitución establece el pleno derecho a la educación de los niños y jóvenes, este derecho es violentado para la niñez mexicoamericana y la juventud retornada debido a la carencia de requisitos estándar para la inscripción en escuelas públicas en el país, la ineptitud de algunas autoridades escolares para orientar correctamente a las familias retornadas, y la larga espera que los niños y jóvenes retornados tienen que experimentar antes de ser formalmente inscritos en la escuela en México.
El hablar inglés no es suficiente
Para Viridiana, el completar su high school, estudiar una carrera en radiología en Davenport y ser bilingüe no le ha abierto puertas laborales ni educativas en México. "El hablar inglés no me ayudó...el único buen trabajo que puedo encontrar siendo bilingüe es en un call center", dice Viridiana. "Para ciertos trabajos mis estudios no son suficientes y para otros tengo demasiados...como que a veces siento que no tengo la cantidad correcta [de estudios] para obtener un trabajo". Aunque desea continuar sus estudios, Viridiana enfrenta impedimentos reales para ir a la universidad en México a pesar de ser mexicana por nacimiento. Mientras que en Estados Unidos no pudo estudiar la universidad por ser indocumentada, en México Viridiana no ha podido estudiar una carrera por carecer de la documentación requerida por la SEP para validar sus estudios previos cursados en el extranjero.
Miles de jóvenes como Viridiana llegan a México con una escolaridad más alta al promedio nacional, ya sea con un bachillerato, estudios superiores truncos o títulos de licenciatura o maestría.6 Lamentablemente, muchas veces los estudios cursados en el extranjero no son totalmente reconocidos debido a la extensa cantidad de documentos requeridos para su revalidación. De acuerdo a la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la SEP, la revalidación de estudios cursados en el extranjero requiere del acta de nacimiento del interesado, su certificado total o parcial de estudios a revalidar, su título o diploma, una opinión técnica de la institución en la cual planea inscribirse en caso de querer continuar estudiando en México, y copia de los planes y programas de estudio cursados previamente en el extranjero. Obviamente, todos estos documentos han de ser traducidos por perito oficial y estar apostillados. En el mejor de los casos, si el estudiante cuenta con toda la documentación requerida, el proceso de apostillamiento y traducción por perito oficial toma entre seis meses y un año, tiempo perdido en el proceso de reintegración educativa y laboral que además tiene un costo económico. En el peor escenario, si el estudiante carece de alguno de los documentos requeridos o de su apostilla, el proceso de revalidación no es posible y la opción disponible es recursar en México los estudios ya concluidos en Estados Unidos.
Para aquellos que concluyeron una licenciatura en el extranjero, la revalidación total no existe. El Acuerdo Secretarial 286 de la SEP establece que el contenido de un plan de estudio extranjero debe ser equiparable con uno en México en al menos 75% para su revalidación, un requerimiento restrictivo y obsoleto que impide que títulos extranjeros de universidades acreditadas sean reconocidos en su totalidad. Este acuerdo dificulta el reconocimiento oficial de estudios superiores cursados en el extranjero, la continuación de estudios universitarios en México, y la obtención de una cédula profesional necesaria para ejercer profesionalmente en ciertas industrias y ramas de trabajo.
Viridiana ha pasado cuatro años sin revalidar sus estudios porque carece de la apostilla y traducción oficial de su certificado de estudios de su high school, pero aún tiene aspiraciones de completar una profesión en México, su país natal. Mientras no exista un sistema educativo que facilite su reinserción educativa, y por ende laboral, México seguirá sin beneficiarse de la contribución que los jóvenes adultos en retorno, de alto nivel educativo, pudieran hacer al país.
¿A dónde vamos? ¿Qué se requiere hacer?
La población retornada, ya sea nacida en México o en Estados Unidos, presenta desafíos comunes en los diferentes niveles del sistema educativo. La SEP es la instancia que debiera instruir a todo el sistema educativo en la generación de mecanismos para garantizar el acceso a la educación y eliminar las barreras administrativas y burocráticas que discriminan de manera sistemática a la población en retorno. Las familias mexicanas que han regresado al país enfrentan una serie de obstáculos derivados de su regreso forzado y repentino: recursos económicos limitados, carencia de documentos de identidad y escolaridad, falta de información y orientación precisa y/o conocimiento de las instancias a las cuales acudir. A esto se agrega el requisito, establecido por la SEP, de apostillar y traducir documentos de identidad y escolaridad, un trámite complejo y costoso.
Desde 2013, un colectivo de organizaciones, académicos y jóvenes Dreamers en México liderado por el Instituto de las Mujeres en la Migración (IMUMI) se ha dado a la tarea de visibilizar el problema de acceso a la educación para la población mexicana migrante en retorno. A partir de esfuerzos colectivos y un arduo trabajo de incidencia con el gobierno y la prensa nacional e internacional, se ha logrado la creación de una mesa de trabajo con la SEP. Desde este espacio, se han propuesto acciones específicas para garantizar el pleno derecho a la educación de la niñez y juventud retornada: 1) dispensar la apostilla del acta de nacimiento extranjera para el acceso y acreditación de estudios; 2) eliminar la apostilla para documentos de escolaridad; 3) permitir que las traducciones de documentos extranjeros sean realizadas por un traductor común -no perito oficial- o el mismo alumno; y (4) facilitar la revalidación de estudios superiores. De concretarse estas medidas se facilitaría el proceso de revalidación y el acceso a la educación de la población en retorno.
Después de un proceso de negociación de dos años, la SEP publicó recientemente modificaciones al Acuerdo 268. Este cambio remueve el requerimiento de la apostilla y traducción por perito oficial para todo documento de acreditación de identidad (actas de nacimiento extranjeras) y de escolaridad (diplomas extranjeros) para estudios de educación básica y media superior. El cambio en la normatividad es un logro importante de la sociedad civil, académicos, y activistas. Sin embargo, se debe establecer mecanismos de monitoreo para que se hagan las adecuaciones necesarias para la implementación de estos cambios y seguir con este trabajo de incidencia para que se logre lo mismo para estudios superiores.
El pleno derecho a la educación sólo puede asegurarse a partir de la difusión y correcta implementación de la norma por parte del personal administrativo en los planteles escolares. Como se expuso previamente, inercias burocráticas han producido que se niegue el acceso a la escuela a aquellos niños que carecen de su acta de nacimiento apostillada, pese a que ésta no es un requisito. El punto fundamental para la reintegración no es solo adaptar la normatividad a la realidad que el país demanda, sino asegurar una adecuada implementación de estos cambios. Las familias en retorno tienen urgencia por incorporar a sus hijos a la escuela y los jóvenes Dreamers por continuar sus estudios y ejercer sus conocimientos. Por tratarse de una población bilingüe, bicultural, y en muchos casos binacional, está en el interés tanto del gobierno de México como el de Estados Unidos garantizar que estos niños y jóvenes ejerzan plenamente su derecho a la educación.
Mónica Jacobo, profesora-investigadora del CIDE.
Nancy Landa, consultora de investigación en temas de migración.
1 Estadísticas de repatriación reportadas por la Unidad de Política Migratoria de la Secretaria de Gobernación: http://bit.ly/1hfNTvD
2 La palabra dreamer, en español soñador, es un término político que surgió a partir de la propuesta de ley "(Development, Relief and Education for Alien Minors Act", la cul hubiese permitido a jóvenes indocumentados y elegibles de acuerdo a los requisitos de la Ley, la oportunidad de legalizar su estatus migratorio en Estados Unidos. En México, el uso del término Dreamer se ha ampliado para describir a los hijos de inmigrantes Mexicanos que crecieron, sin documentos, en Estados Unidos.
3 La Acción Diferida (DACA) permite a los Dreamers que cumplen con los requerimientos diferir la deportación y tramitar un permiso de trabajo con vigencia de dos años. Los requisitos son: 1) tener 31 años o menos al 15 de junio de 2012; 2) haber llegado a Estados Unidos antes de los 16 años; y 3) tener una residencia continua por al menos 5 años a partir del 15 de junio de 2007.
4 Censo de Maestros, Escuelas y Alumnos 2014, realizado por el INEGI.
5 La inscripción a la escuela en nivel básico está regulado por las Normas de Control Escolar relativas a la Inscripción, Reinscripción, Acreditación, Promoción, Regularización y Certificación en la Educación Básica 2014-2015. De acuerdo a estas Normas, el acta de nacimiento NO es requisito indispensable para la inscripción formal de un alumno a la escuela.
6 Véase Anuario de Migración y Remesas, 2014, realizado por Fundación BBVA Bancomer: http://bit.ly/T5ib7C
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