Diputada Dolores López Jara propone nuevas condicionantes a quien aspire a cargos populares y del Poder Judicial

Jal.| 26 nov. 2021

Quien busque ser diputado, gobernador, magistrado, juez, presidente municipal, síndico y/o regidor debe acreditar no haber sido sentenciado por abuso sexual infantil, violación, feminicidio, homicidio y/o parricidio.

 

Con el fin de fortalecer el marco legal que protege a las mujeres de la violencia, el acoso y el abuso, la Diputada Dolores López Jara dio a conocer tres iniciativas de ley que modifican la Constitución Política y la ley de Servidores Públicos del Estado de Jalisco.

 

Si bien la presentación de las propuestas se da en el marco del 25 de Noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contras las Mujeres, la legisladora fue enfática en señalar que el tema no debe ser ocasional, sino base de la agenda parlamentaria de la actual LXIII Legislatura.

 

La primera de ellas propone reformar los artículos 21, 37, 59, 63 y 74 de la Constitución Local para establecer como impedimento para ocupar o ser postulado a diversos cargos públicos, haber sido condenado por delitos tales como abuso sexual infantil, violación, feminicidio, homicidio y/o parricidio.

 

El espíritu de la reforma es que aquellas personas que aspiren a ser diputado, gobernador, magistrado, juez, presidente municipal, síndico y regidor no hayan recibido sentencia condenatoria por esos delitos mencionados.

 

Otra de ellas aspira darle a las servidoras y servidores públicos del Estado una herramienta para hacerle frente a una situación donde sean víctimas de violencia en razón de género.

 

El objetivo es modificar la Ley de Servidores Públicos para establecer el derecho a permisos o licencias con goce de sueldo hasta por 10 días, con la finalidad de que tengan la posibilidad de entablar una denuncia o acudir a las diligencias del procedimiento. Además, que cuenten con el recurso tiempo para ser arropadas desde un plano emocional, humano, asistencial.

En la última, se impulsa una reforma al artículo 4 de la Constitución del Estado para establecer que todas las personas tienen derecho al cuidado que sustente su vida y les otorgue elementos para vivir de la mejor manera, lo que sentaría las bases para que el Estado instaure un sistema de cuidados universales, accesibles y buscar un mayor equilibrio y armonización en los trabajos del hogar entre mujeres y hombres.

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