Se aprueba el nuevo formato de la Glosa del Tercer Informe de Gobierno de Jalisco
21 de enero 2016
En sesión ordinaria del 21 de enero de la LXI Legislatura del Congreso de Jalisco, varios Diputados Ciudadanos, presentaron, y a su vez fueron aprobadas, diferentes iniciativas y acuerdos legislativos.
Primeramente, se aprobaron los acuerdos de la Junta de Coordinación Política, la cual es presidida por el diputado coordinador de la Fracción Parlamentaria de Movimiento Ciudadano, Ismael Del Toro. Uno de ellos fue que se conjunten las iniciativas en materia de participación ciudadana, con el objeto de emitir las reformas estatales, constitucional y legal en la materia. Tal procedimiento legislativo se realizará, en todo momento, maximizando su transparencia.
De igual manera quedó a aprobado el Acuerdo Legislativo con carácter de dictamen que establece las comparecencias de glosa del Tercer Informe de Gobierno del Estado de Jalisco y las reglas de operación de las mismas, bajo las siguientes consideraciones:
I. Que de acuerdo a los artículos 38, numeral 1 y 43, numeral 1, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la Junta de Coordinación Política es el órgano plural y colegiado en el que se impulsan los entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios a fin de alcanzar acuerdos que coadyuven para que la Asamblea adopte las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden.
Asimismo, la Junta Coordinación Política entre una de sus principales atribuciones, le compete impulsar la conformación de consensos a fin de agilizar el trabajo legislativo y acuerdos que entrañen una posición política del Congreso del Estado.
II. Conforme lo establece el artículo 50, fracción III de la Constitución Política del Estado de Jalisco, es obligación del Gobernador del Estado, rendir por escrito al Congreso, el día primero de febrero de cada año, un informe anual del estado que guarda la administración pública, mismo que podrá enviar o presentarlo personalmente.
III. Como lo prevé el artículo 222 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, una vez presentado el informe de gobierno, posteriormente a éste, las comisiones legislativas deben proceder a analizarlo.
El análisis del informe de gobierno conocido como glosa, tiene como objeto realizar el análisis del informe anual del estado que guarda la administración pública, presentado por el Gobernador del Estado, y establecer la posición política del Congreso del Estado respecto de ese informe. Lo anterior, con apoyo al artículo 221 de la Ley Orgánica de este Poder
Asimismo, debemos entender por glosa como el análisis político, jurídico, económico y social que realizan los grupos parlamentarios representados en esta Soberanía, al informe que anualmente presenta al Congreso el titular del Ejecutivo Estatal, debiendo comparecer los titulares de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo a efecto de explicar o aclararlo.
IV. Aunado a lo anterior y de con fundamento en el artículo 27 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, específica:
Artículo 27.
1. La glosa del informe tiene por objeto:
I. Realizar el análisis ordenado, sistematizado e integral preferentemente por capítulos y rubros de informe anual que guarda la administración Pública del Estado;
II. Evaluar los avances y logros mediante el análisis con indicadores establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo, las prospectivas previstas en planes y programas sectoriales con informes anteriores; o estándares de eficiencia establecidos en normatividad nacional o internacional; y
III. La emisión de conclusiones del análisis del informe, precisando éstos con objetividad y concreción. Con referentes positivos y fundamentando éstos.
Una vez presentado el informe de gobierno, las Comisiones Legislativas del Congreso tienen dentro de los quince días siguientes de presentado el informe, un espacio de diálogo y análisis con los titulares de las dependencias del Ejecutivo, para el análisis ya comentado en las consideraciones que anteceden. Lo anterior, con fundamento en el artículo 28 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
V. Que la Junta de Coordinación Política en uso de sus facultades conferidas en el artículo 43, fracción III de Ley Orgánica del Poder Legislativo, proponemos el siguiente mecanismo para el estudio y análisis del Tercer Informe de Gobierno, para desahogarse de la manera prevista en los puntos de acuerdo de este Acuerdo Legislativo.
Para tal fin y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 150, 152 y 154 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Entidad, sometemos a la elevada consideración de ustedes, ciudadanos diputados, el siguiente proyecto de dictamen de Acuerdo Legislativo.
Primero. Las comparecencias de los titulares de las dependencias y entidades del Ejecutivo del Estado se realizarán de forma ordenada, para lo cual se propone la conformación de cuatro grupos homogéneos en temas concretos, encabezados por la secretaría "Cabeza del Sector":
- Gobernabilidad y Seguridad:
- Secretaría General de Gobierno (Cabeza de Sector)
- Fiscalía General
- Secretaría de Movilidad
- Procuraduría Social
- Contraloría
- Desarrollo Humano:
- Secretaría de Educación (Cabeza de Sector)
- Secretaría de Desarrollo e Integración Social
- Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología
- Secretaría de Salud
- Secretaría de Cultura
- Code
- Desarrollo Económico y Medio Ambiente;
- Secretaría del Trabajo y Previsión Social (Cabeza De Sector)
- Secretaría de Desarrollo Económico
- Secretaría de Turismo
- Secretaría de Desarrollo Rural
- Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial
- Finanzas y Obra Pública
- Secretaría de Planeación, Administración Y Finanzas (Cabeza de Sector)
- Secretaría de Infraestructura y Obra Pública
- Instituto de Pensiones, Procuraduría Fiscal.
Segundo. Se cita a los titulares de las dependencias del Ejecutivo bajo el siguiente calendario, horario y comisiones convocantes:
Fecha | Entidades o dependencias | Comisiones convocantes |
04 de febrero 2016 | I. Gobernabilidad y Seguridad
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04 de febrero 2016 | II. Desarrollo Económico y Medio Ambiente
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05 de febrero 2016 | III. Desarrollo Humano
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05 de febrero 2016 | IV. Finanzas y Obra Pública
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Tercero. Las intervenciones de las Comisiones Legislativas serán representadas por fracción parlamentaria del Congreso del Estado, con derecho a tres preguntas no mayor de 3 minutos cada una en tres rondas. Las preguntas se realizarán de manera rotativa por fracción en una primera ronda, posteriormente, el titular de la dependencia dará contestación a cada una de ellas de manera continua.
En las rondas de re-preguntas, estas se realizarán con la participación de un diputado por cada fracción parlamentaria, siempre y cuando se dé el caso que el miembro del gabinete cuestionado hubiese evadido o no haya respondido la pregunta original.
La intervención de las fracciones parlamentarias será en orden menor a mayor en proporción a su representación en el Congreso.
Agotadas las tres rondas, se abrirá un espacio de conclusiones o comentarios que no podrá exceder a media hora por todas las fracciones parlamentarias y el titular de la dependencia incluido.
Cuarto. Los presidentes de la Comisiones Legislativas, fungirán de moderadores y en caso de concurrir varias comisiones, será la Comisión Cabeza de Sector de las Comisiones Legislativas que asistan.
Quinto. Los moderadores deberán mantener orden dentro de las comparecencias, cuidando en todo momento que las intervenciones sean respetuosas y no excedan el tiempo señalado en el punto segundo de este Acuerdo Legislativo.
Sexto. Para el caso de diputado independiente, se dejan a salvo sus derechos para inscribirse con derecho a tres preguntas en las comparecencias que desee asistir, debiendo registrar su intervención por lo menos media hora antes de que inicie la comparecencia o presentar por escrito las preguntes que desee realizar, siempre y cuando se encuentre presente en otra comparecencia.
Séptimo. Se instruye al Secretario General del Congreso del Estado, para que auxilie en el desarrollo de la glosa con servicio de cafetería, audio, video, inmobiliario y personal de atención a los asistentes en las comparecencias.
Octavo. Notifíquese el presente Acuerdo Legislativo al ciudadano Gobernador del Estado, Mtro. Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, así como a los titulares de la dependencias del Ejecutivo del Estado a que se refiere el punto primero de este Acuerdo Legislativo, con fundamento en el artículo 5, fracción XII, segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.