Avalan reformas secundarias anticorrupción
15 de septiembre de 2017
El Congreso local aprobó las reformas secundarias a cinco de siete leyes para definir el funcionamiento del Sistema Anticorrupción del Estado de Jalisco (SAEJ).
Entre las adecuaciones están la puesta en marcha de una nueva Ley de Fiscalización y cambios en las leyes de Responsabilidades de los Servidores Públicos y en el Código Penal.
Se concretó que el Comité de Participación Social forme parte de la elección del auditor, que durará ocho años en el cargo con la posibilidad de reelegirse.
También se creó la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa que reforma al Tribunal Administrativo del Estado (TAE) e instituye una sala superior con tres magistrados que se sumarán a los seis existentes.
En materia de fiscalización, se dieron facultades a la Auditoría Superior de Estado de Jalisco (ASEJ) para que, además de fiscalizar cuentas públicas anuales, realice revisiones especiales a partir de denuncias ciudadanas y evaluaciones de desempeño que comprenderán la medición de las metas alcanzadas por las autoridades.
El organismo podrá promover querellas ante el Tribunal de Justicia Administrativa o ante la Fiscalía Anticorrupción con el objetivo de imponer sanciones a los servidores públicos y a los particulares.
Con los cambios, el Poder Legislativo no podrá modificar los informes de cuentas públicas ni solicitar nuevas revisiones.
Con respecto a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se determinó la obligación de presentar la declaración de intereses económicos, comerciales o financieros y copias de las declaraciones fiscal y patrimonial en los formatos avalados a nivel federal.
En la reforma al Código Penal del Estado, a pesar de que las organizaciones de la sociedad civil presionaron para que los ilícitos por corrupción no prescribieran, los diputados decidieron lo contrario. Otra petición de este sector que no se cumplió fue la designación de auditores especiales. Los ciudadanos solicitaron nuevos perfiles y se quedarán los mismos.
Sin embargo, se creó el delito de ocultamiento o falsificación de rendimientos y tráfico de influencias y se especificó que a los responsables de alguno de los actos referidos en el capítulo séptimo se les inhabilitará para trabajar como servidores públicos hasta por 20 años.
Por otra parte, se pospuso la discusión de las reformas a las leyes orgánicas de la Fiscalía y del Poder Ejecutivo, que fueron aprobadas en comisiones. Con ellas se definirá el proceso de nombramiento del fiscal general, el regreso de la Secretaría de Seguridad y las facultades de la Contraloría estatal para castigar faltas administrativas no graves.
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