Tiene INE rezago de 60% en materia de transparencia

Réplica de Medios| 2 abr. 2016

El Instituto Nacional Electoral (INE) enfrenta un rezago para ponerse al día en materia de transparencia, pues a punto de vencer el plazo para publicar en su portal de internet el currículum de su personal y de sus prestadores de servicios -desde el consejero presidente, Lorenzo Córdova, hasta el jefe de departamento o equivalente- cuenta con 40% de los datos. La disposición que marcó que esa información debería ser pública a más tardar en el primer trimestre de 2016 fue emitida en abril de 2015 por la Junta General Ejecutiva del Instituto, y refrendada en la circular INE/SE/046/2015 que fue firmada por el secretario ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina.

Al corte del 15 de marzo, el INE hizo saber a su personal y mandos que sólo 38% de los funcionarios habían capturado o actualizado sus datos, aunque se les dio un año para ponerse al corriente, cifra que rondaría ya 40% El Instituto pondrá a disposición del público una nueva sección con el currículum vitae de su personal en su portal web, para cumplir con una de sus nuevas obligaciones según la Ley General de Transparencia. La fracción 17 de esa ley explica que el INE, como otros entes obligados, debe publicar la información curricular "desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto".

Por ello, la Junta General emitió el 27 de abril de 2015 los Lineamientos para la Operación y Mantenimiento del Directorio de Servidores Públicos del INE, y la circular citada, para recordar a cada servidor público que debía actualizar su información y sus datos de directorio. Aunque la información curricular no es visible todavía -lo que debería ser diferente a partir del próximo viernes 1 de abril-, los datos que sí se han modificado son los contactos telefónicos del personal; una parte de ellos fueron eliminados. De acuerdo con esta ley, "debe difundirse en el portal de los entes obligados el directorio de los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base". Además, establece que el directorio deberá incluir al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, "nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales".

Los lineamientos avalados por la Junta General Ejecutiva agregan además la obligación del personal del INE de incorporar datos como título académico, fecha de ingreso, clave de puesto, descripción del puesto, nivel jerárquico, percepción ordinaria mensual bruta y neta, prestaciones, área de adscripción, nivel de puesto y dirección física del lugar de trabajo.

Eventualmente, el trabajador o servidor público podrá autorizar la publicación de su fotografía. En una segunda fase, el INE se marcó como fecha un año más, "a más tardar en el primer trimestre de 2017" para publicar también los perfiles de puesto del personal y de los prestadores de servicios con nivel de mando medios y superiores.

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